En los ordenamientos jurídicos que se reconoce la regla de precedente, los jueces (entre otrosactores vinculados) deben seguir lo que éstos establezcan, aun cuando no estén de acuerdo con sucontenido. Para asegurar que los sujetos vinculados a los precedentes los sigan, los ordenamientosjurídicos implementan instituciones de disciplina jurisprudencial (sanciones) que pueden ir desdela posibilidad de anular o invalidar los actos jurídicos que desconozcan los precedentes judiciales,hasta establecer castigos penales o disciplinarios contra los individuos inobservantes. Sin embargo,la regla de precedente no es absoluta y admite que los jueces se apartan distinguiendo oevidenciando una razón imperiosa que lo justifique. De acuerdo con esto, la cuestión que seaborda en esta investigación consiste en establecer en que sentido puede afirmarse la naturalezaautoritativa de los precedentes judiciales (exigiendo que los jueces actúen conforme aun cuandono estén de acuerdo con el precedente y estableciendo instituciones sancionatorias) y reconocer,al mismo tiempo, la facultad de los jueces de apartarse del precedente distinguiéndolo oidentificando una razón (o conjunto de razones) que lo supere.
In legal systems that recognize rule of precedent, judges (includingrelated actors) should follow what they established, even if they do not agree with hiscontent. To ensure that subjects linked to the follow precedents, legal systemsjurisprudential legal institutions implement discipline (penalties) which may range fromthe possibility of invalidating the legal acts that disregard judicial precedents,to establish criminal or disciplinary punishment against defaulters individuals. However,previous rule is not absolute and admits that judges depart distinguishing orshowing a compelling reason to do so. Accordingly, the question isin this research is to establish in that sense it can be said natureauthoritative judicial precedent (requiring judges to act as thoughare not in accordance with the preceding and establishing punitive institutions) and recognize,at the same time, the power of judges to depart from precedent distinguishing oridentifying a reason (or reasons set) that exceed it.
Teoria del derecho, razonamiento práctico, precedentes judiciales
| Estado | Finalizado |
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| Fecha de inicio/Fecha fin | 12/01/16 → 12/01/17 |
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